sábado, 24 de noviembre de 2012

LA SUCESIÓN RECTORIL EN LA UAG. ANÁLISIS JURÍDICO

Planteamiento del problema: Por razones de enfermedad, el C. Dr. Asencio Villegas Arrizón renuncia al cargo de Rector de la Universidad Autónoma de Guerrero. De conformidad con la ley de la Universidad y su Estatuto General el Secretario General asume la rectoría de manera interina. En diferentes ocasiones se ha dicho que la ley no es clara dejando a la interpretación si el interinato abarcará el plazo por el cual fue electo Villegas Arrizón, es decir, que el interino deberá ocupar la rectoría el tiempo que falta para el periodo lectivo o si, por el contrario, la obligación para emitir dentro de los tres meses siguientes la convocatoria para nuevas elecciones implica que estas podrán realizarse antes de la conclusión de dicho periodo, no importando si hay desvinculación en la temporalidad para ocupar el cargo de rector. De igual manera, se dice que la ley deja en duda si el rector interino podrá participar en las elecciones que al efecto convoque el H. Consejo Universitario, ya que él no fue electo por la comunidad universitaria. La Ley de la Universidad El artículo 20 de la Ley de la Universidad, enuncia lo siguiente: “El Rector será el funcionario ejecutivo de la Universidad, su representante legal y Presidente del H. Consejo Universitario. Será electo democráticamente mediante un proceso amplio, participativo y transparente de la comunidad universitaria. Los mecanismos de elección se establecerán en el Estatuto y su respectivo Reglamento. Durará en su cargo cuatro años. El ciudadano que haya desempeñado el cargo de Rector, en ningún caso y por ningún motivo podrá volver a desempeñar ese cargo.” Obvio decir que el cargo de Rector de la Universidad es el más importante a nivel personal, puesto que la mayor jerarquía de poder se concentra en el H. Consejo Universitario –esto no quiere decir que este Consejo pueda apartarse de la ley en las resoluciones que en cada sesión realiza-. El Rector como funcionario ejecutivo tiene a su cargo a la administración que se ha denominado “central” en la Universidad; designa funcionarios de la misma con la posibilidad de removerlos – la ley no señala en qué casos puede removerlos, y si no lo dice, puede hacerlo a su antojo, tal y como se ha hecho desde el pretérito-. Además es el representante de la institución ante el Estado y la sociedad, representación que abarca lo jurídico y lo político, convirtiéndolo en figura trascendente para vida universitaria; su actuación como tal está vigilada por el H. Consejo Universitario, quien puede removerlo por causa grave. El artículo en cita señala, para el caso que nos ocupa, tres cuestiones que son importantes: primera: el rector debe emanar de un proceso electoral; segundo: su periodo será de cuatro años; tercero: quien haya ocupado el cargo de rector no podrá ocuparlo de nuevo. Cuando el Rector por cualquier causa se ausenta del cargo conferido por la comunidad universitaria y calificada así por el H. Consejo Universitario, se tiene que observar la hipótesis normativa contemplada en el numeral 22 de la citada ley universitaria, la cual señala: “El Rector será sustituido por el Secretario General en ausencias que no excedan de dos meses, si la ausencia es mayor, El H. Consejo Universitario designara al Secretario General como Rector interino y éste convocará a elecciones en un plazo máximo de tres meses para un nuevo Rector.” Es el caso de que la renuncia del Villegas Arrizón está dentro de la citada hipótesis normativa, ya que su ausencia es definitiva por causa de la renuncia presentada ante el H. Consejo Universitario, la cual fue conocida y aprobada en sus términos. Ante la procedencia de este hecho, el Secretario General ha sido designado por dicho Consejo como Rector interino, cumpliendo cabalmente con lo dispuesto por la Ley. Cabe decir que la redacción de este artículo es desafortunada puesto que sólo se estableció el caso de ausencia y no los de renuncia y licencia que son actos diferentes y que tienen una naturaleza también diversa, aún cuando el artículo 19, fracción V, faculta al Consejo Universitario para conocer y resolver de la renuncia del Rector, así como de las licencias que pueda presentar durante su gestión. La licencia no fue contemplada en el artículo 22, equiparando el legislador universitario la licencia con la ausencia, que son, como se dijo dos hechos con contenido jurídico diverso. El Rector interino, desde la toma de protesta correspondiente, asume completamente las obligaciones y derechos que el cargo implica y que están señaladas en la Ley. Su obligación será la de emitir convocatoria –a través del H. Consejo Universitario- dentro de los tres meses siguientes a su protesta de ley –no a partir de la renuncia de Villegas Arrizón-. El Rector interino, en este caso, excitará al Consejo Universitario a través de la Comisión Electoral para que elabore un proyecto de convocatoria, el cual deberá ser presentado para su aprobación al pleno del Consejo a más tardar en el último día que resulte del cómputo del día de su protesta al vencimiento natural de los tres meses que indica la ley, pudiendo hacerlo antes si la ocasión lo amerita. La Comisión encargada para la elaboración del proyecto de convocatoria puede tomar en consideración dos puntos de vista: Primero: que la fecha para la elección del Rector, se realice dentro del periodo que corresponde al natural año de la elección, es decir, en la segunda semana del mes de marzo del año en que debería concluir el periodo de Villegas Arrizón, en atención a lo que indica el artículo 17 del Reglamento Electoral de la Universidad, que a la letra indica: “La elección del Rector (a) se llevará a cabo cada cuatro años, en la segunda semana de marzo del año de la elección.” Segundo: La Comisión Electoral puede adoptar un punto de vista contrario; que la elección sí se celebre en la fecha designada por el artículo 17 antes transcrito, pero no en el natural año de la elección, sino antes, entendiendo por año de la elección, aquél que corresponda a la emisión de la convocatoria, en el supuesto de que esa elección resulta de un hecho de fuerza mayor no previsto por la legislación universitaria en el sentido de no aclarar cuando se realizaría una elección por causa de renuncia del Rector. Aquí la cuestión estriba en resolver cuál es el año de la elección, si el último año del periodo natural para ejercer el cargo de Rector o el que así se interprete por la Comisión Electoral y el pleno del Consejo al aprobar aquella. No es una cuestión baladí, al contrario, es un caso de importancia ya que marcará el derrotero a seguir en situaciones similares y se significa por el cabal cumplimiento del Estado de Derecho en la Universidad. El Estatuto General de la Universidad Si bien la Ley de la Universidad no contempla en el artículo 22 la renuncia (dice ausencia) como causa para dejar en definitiva el cargo de Rector, el Estatuto en su numeral 54, indica: “En caso de renuncia definitiva, destitución o muerte del Rector (a), será el Secretario General, quien asuma el cargo y convocará a elecciones para el cargo de Rector (a), por un periodo lectivo, en un plazo no mayor de tres meses. De acuerdo a lo previsto en el Artículo 22 de la Ley de la Universidad Autónoma de Guerrero.” El Estatuto es un cuerpo normativo que aclara disposiciones de la Ley, en el presente caso aclara el acto de la renuncia definitiva (la renuncia es un acto intuitu personae que implica el abandono jurídico de la potestad que se tenía, por lo que toda renuncia es, por su naturaleza, definitiva). De igual manera aclara que la convocatoria será para un periodo lectivo y no, como algunos podrían suponer, para terminar con el que estaba al momento de la renuncia. Lo que hace falta tanto en el 22 de la Ley como en artículo antes transcrito, es que será el Consejo a través de la Comisión Electoral quien presente el proyecto de convocatoria, puesto que el Rector no tiene las facultades para hacerlo de manera personalizada. No se trata de una facultad exclusiva, sino que es propia del Consejo a través de su Comisión electoral, acorde a lo establecido por el artículo 22 inciso d. del Reglamento Electoral de la Universidad, el cual señala: “Artículo 22. La Comisión Electoral tendrá las siguientes atribuciones: […] d. Presentar para su análisis y aprobación en su caso, al pleno del H. Consejo Universitario, el proyecto de convocatoria para elegir a los integrantes del gobierno universitario. […]” El Rector es parte importante de tal gobierno universitario, tal y como se desprende del artículo 14 de la Ley de la Universidad y del Estatuto en lo referente al Título Tercero referente al gobierno de la Universidad Autónoma de Guerrero, artículos 31 al 76. ¿El Rector interino puede participar en la elección? Primeramente hay que aclarar la naturaleza jurídica del interinato. Ramírez Reynoso, en su participación en la elaboración del Diccionario Jurídico Mexicano, sostiene lo siguiente: “Interinato, procede del latín interim, de inter y de la partícula im […] aplicación común que se hace a la circunstancia de que alguien ejerza un cargo o empleo por ausencia de otro […] interinato también es interinidad, tiempo que dura el desempeño interino de un cargo […] interinato es el cargo mismo que se ocupa transitoriamente y su condición de interinidad.” El interinato es una condición de índole estrictamente laboral, esta figura la encontramos en muchas situaciones laborales específicamente en los contratos colectivos de trabajo y leyes similares, su importancia trasciende al derecho público cuando algún funcionario de importancia deja el cargo por renuncia, ausencia o destitución. Por regla general el interinato no es óbice para obtener la titularidad del cargo bajo el cual opera dicha condición, siempre y cuando así lo determine claramente la ley que establece el cargo. A contrario sensu, si la ley niega el derecho, el interino no podrá ocupar el cargo. Para el caso que tratamos la Ley de la Universidad es clara y su interpretación no deja dudas, cuando el artículo 20, in fine, establece que “[…] (El Rector) Durará en su cargo cuatro años. El ciudadano que haya desempeñado el cargo de Rector, en ningún caso y por ningún motivo podrá volver a desempeñar ese cargo.” El interinato acorde a lo definido por Ramírez Reynoso, es una situación temporal que únicamente comprende un periodo determinado o transitorio, y esa transitoriedad, en el caso que nos ocupa, es clara, el interino sólo lo será hasta la conclusión del periodo lectivo legal que la ley indica para el Rector. El interino es Rector para todas las consecuencias jurídicas que establece, ya sean presente o futuras. Conclusiones De conformidad al análisis estrictamente jurídico que se ha hecho, se puede llegar a las siguientes tres conclusiones: Primera: El Rector interino asume todas las obligaciones y derechos que se establece en la ley. Por lo que toca a si este funcionario debe dejar el cargo antes de la conclusión del periodo lectivo de cuatro años, considero que esta situación transgrede la Ley, el Estatuto y el Reglamento Electoral de la Universidad. El Rector interino debe emitir la convocatoria en el plazo de ley (tres meses contados a partir de su protesta) y, la Comisión Electoral del H. Consejo Universitario deberá fijar como plazo para la celebración de la elección el año natural en cual deba realizarse esta dentro de la segunda semana del mes de marzo. Segunda. El periodo lectivo para ocupar el cargo de Rector es de cuatro años. No es de trascendencia jurídica si la emisión de la convocatoria no corresponde al año de la elección. Si se optare por lo contrario, se violaría el derecho del Rector interino a ocupar el cargo hasta la conclusión del periodo lectivo que señala la ley. Si la Comisión Electoral plantea una situación diversa, se abrogaría facultades que no le corresponden, ya que no es materia de hermenéutica ante la claridad de los conceptos año natural de la elección y periodo lectivo del Rector, que implican una secuencia temporal en los periodos, acorde al artículo 17 del Reglamento Electoral. Tampoco puede alegarse el caso de ser una elección extraordinaria, puesto que éstas sólo pueden realizarse en los supuestos de los artículos 18, 19 y 20 del citado Reglamento. Tercera. El Rector interino no puede participar en la elección para Rector en la convocatoria que al efecto se emita. La prohibición del artículo 20 in fine, es clara y contundente, no deja lugar a dudas. Sólo podría si la ley así lo estableciera normativamente, cosa que no sucede.

viernes, 6 de abril de 2012

DIEZ ACCIONES CIUDADANAS (DENISE DRESSER)

DIEZ ACCIONES CIUDADANAS PARA CAMBIAR AL PAÍS
POR DENISE DRESSER. TOMADO DEL LIBRO “PAÍS DE UNO”, EDIT., AGUILAR, MÉXICO 2011
(Versión sintética)

1. A partir de hoy entenderé que la irreverencia frente al poder es una actitud vital para ser un ciudadano de cuerpo entero. La irreverencia lleva al cuestionamiento; la curiosidad entonces se vuelve compulsiva; la pregunta que guía la acción se convierte en “porque”. La mía será una filosofía personal anclada en el optimismo, la imaginación, el deseo de crear, el humor, y el rechazo a los dogmas tanto de derecha como de izquierda.

2. A partir de hoy entenderé que el voto es un derecho esencial, crucial, estructural. El voto da voz. El voto premia y castiga. El voto obliga a pensar. (…) Hay que votar con el corazón y con la cabeza, con el alma y con el estómago, con las manos y con los píes. Hay que entender al candidato y escudriñarlo, colocarlo bajo el microscopio y mirarlo, saber de donde viene ya donde va. Anular (el voto) es votar. Es participar. Es ir a la urna y depositar la boleta para expresar el descontento con un sistema democrático mal armado, que funciona muy bien para los partidos pero muy mal para los ciudadanos. La anulación no busca acabar con la democracia sino aumentar su calidad y su representatividad. La anulación no intenta dinamitar el sistema de partidos sino mejorar su funcionamiento. Porque llevamos años pidiendo que los partidos democraticen el sistema, sin que lo hayan hecho (…) La anulación no entraña dejar en manos de otros la decisión, sino crear las condiciones para que los ciudadanos verdaderamente cuenten. La anulación no entraña fortalecer el “voto duro”, sino crear condiciones para que se vea remplazado por el voto ciudadano.

3. A partir de hoy me informaré sobre lo que pasa en mi país. Leeré los periódicos más que ver los noticieros. Comprenderé que si obtengo la mayor parte de mi información política de la televisión, no estaré expuesto a grandes pedazos de la realidad nacional. Comprenderé que los límites más fuertes a la libertad de expresión con frecuencia provienen de los dos conglomerados mediáticos, Televisa y TV Azteca y lo conformaré al revisar libros como La Ley Televisa y La lucha por el poder en México de Javier Esteinou Madrid y Alma rosa Alva de la Selva o El Sexenio de Televisa de Jenaro Villamil. Por eso, leeré revistas como Proceso, Nexos, Este País, Letras Libres. Visitaré sitios de internet como La Silla Rota. Reporte Índigo, Sin Embargo y Animal Político. (…) A partir de hoy formaré un club de lectura o entre mis amigos, con el objetivo de leer (…) Entenderé que los libros son maestros poderosos con la capacidad de exponer temas y realidades que no necesariamente forman parte del debate público, pero que deberían estar allí.

4. A partir de hoy me comprometo a hacerle marcación personal a mi diputado, o a mi presidente municipal, o a mi gobernador. Comprenderé que esa persona es mi empleado porque su sueldo proviene de los impuestos que pago, y debo tratarlo como tal en vez de comportarme de manera diferente frente a la autoridad. Al mínimo debo tratar a esa figura como mi igual.

5. A partir de hoy me sumaré al movimiento de quienes apoyan reformas como las candidaturas ciudadanas, la relección legislativa, la iniciativa ciudadana, la consulta popular, el referéndum y el plebiscito. Entenderé que esos cambios son algo a lo cual muchos ciudadanos tienen derecho a aspirar. Algo que el sistema político no debería tener derecho a negarles.

6. A partir de hoy argumentaré que la guerra contra el narcotráfico –repleta de sacrificios humanos, alianzas inconfesables, corrupción compartida y estadísticas calamitosas- no ha producido los resultados deseados. En lugar de reducir la violencia, ha contribuido a su incremento. En vez de contener a los cárteles, ha llevado a su dispersión. En lugar de mejorar la coordinación entre las agencias del sector de seguridad nacional, ha alentado la animosidad, la duplicación de funciones y el cambio constante de agendas. En vez de fomentar la colaboración entre los tres niveles de gobierno, ha acentuado su rivalidad. México es hoy un país más inseguro, más inestable, más violento que cuando Felipe Calderón envió al Ejército a las calles.

7. A partir de hoy argumentaré que México sólo prosperará cuando su gente esté educada y muy bien educada. Y eso entrañaría, para empezar, reconocerlo y actuar en consecuencia. Insistiré en que – en el sector educativo- urge un cambio de actitud, un cambio en los maestros y un cambio en las reglas. (…) Urge hacer lo que han hecho países como Corea del Sur y Singapur y Canadá y Finlandia y China. Entender a la educación como un factor crucial para la movilidad social. Entender a la educación como una variable residual. Entender que México está en riesgo y llegó el momento de sonar la alarma y darle patadas al muro que actualmente atrapa a millones de niños.

8. A partir de hoy me opondré a algún monopolio. Dejaré de pensar como naranja exprimida y de permitir que el manojo de afortunados en la lista Forbes o en el sindicato de Pemex o en la Comisión Federal de Electricidad me traten así. Dejaré de manifestar admiración por mis exprimidores, como lo hace el 60 por ciento de quienes –según una encuesta reciente- creen que el ingeniero Slim es un ejemplo para sus hijos. (…) A partir de hoy reflexionaré sobre la forma en la cual los monopolios del país afectan a los consumidores, al crecimiento económico y al proceso político.

9. A partir de hoy me comprometo a recoger la basura afuera de mi casa, porque se que ese simple acto llevará a que me vuelva responsable del espacio público. Entenderé que existe una correlación entre banquetas amplias y limpias y democracia participativa. Porque si comienzo con el camellón de enfrente, cobraré conciencia de lo que puedo hacer más allá de ese lugar. Después de un mes de recoger la basura con mi familia, me preguntaré porque lo estoy haciendo solo, y organizaré a los vecinos a una tarea colectiva.

10. A partir de hoy entenderé que conectarse con otros es clave. Conectarse a través de internet, Twitter, Facebook es una manera de hacer funcionar mejor a la democracia. Es barato, ya que iniciar una petición o una exigencia o un reclamo en internet no cuesta nada. Es eficaz ya que miles de voces pueden incorporarse rápidamente e influenciar a legisladores o a otras figuras públicas mediante la presión desde abajo. Es un acicate para la acción, ya que al formar conexiones a través de internet, pueden construirse relaciones que lleven a acciones cada vez más poderosas. A partir de hoy construiré una comunidad “online” que me ayude mantenerme conectado e informado, o me sumaré a las que ya existe.

Estimados amigos (as): México vive una situación especial, estamos inmersos en una crisis de grandes proporciones en donde la ausencia de una verdadera ciudadanía está carcomiendo las posibilidades reales de salir adelante. Por ello es indispensable que desde nuestra trinchera –no importa cual sea ésta- tomemos en cuenta estas recomendaciones o acciones ciudadanas que nos propone Denise Dresser. El tiempo del poder ciudadano es fundamental para la recomposición del sistema social y político. Hagamos lo que nos corresponde y exijamos a los gobernantes lo que deben hacer conforme a la ley, no es una declaración de guerra, es simple y llanamente, un llamado a la conciencia. La tarea de la reconstrucción no es para un mesías, es obligación comunitaria.

martes, 13 de marzo de 2012

Límites a la Propaganda Política

¿Cual es el límite de la libertad de expresión? Para un abogado el límite es el respeto al derecho de los demás. No se puede expresar todo lo que se desea si esa expresión daña los derechos de los demás, quien quiera que estos sean. En este sentido esta libertad tiene un lado positivo y negativo. Está bien que así sea ya que todo derecho no puede estar fundado en una libertad absoluta, ni este derecho ni todos los demás.

Si el ser humano tiene reconocido el derecho a la libre expresión ¿se puede decir lo que sea, incluso una barbaridad? Me explico: en estos tiempos de campañas electorales los pretensos a candidaturas hacen uso de su derecho de manifestar cualquier cosa en aras de obtener el consenso ciudadano, están en su derecho de hacerlo, pero el receptor del mensaje valora lo que se le dice y si lo que se le dice no corresponde a una idea clara y precisa no tiene obligación de hacer el menor de los casos. ¿Hasta donde la ciudadanía tiene la obligación de ser receptor de ideas incongruentes, aún cuando esas ideas sean producto del uso de un derecho constitucional? Por supuesto que no tienen esa obligación, simplemente se puede desechar la idea o propuesta y con eso basta.

La cuestión estriba en que quien hace uso de ese derecho tiene que ser congruente. La libertad de expresión implica una responsabilidad, sobre todo si su uso es con motivo de obtener consenso para el acceso al poder público. En política se debe ser claro y preciso, en la propaganda electoral los mensajes deben contener ideas claras sobre la intención del candidato, su forma de expresión aunque lisa y llana tiene que abarcar la idea general de lo que se quiere transmitir al votante. Si esa propaganda no reune esa pequeña característica entonces no se transmite nada, sólo la idea de que se quiere llegar al poder, y eso no basta.

Los ciudadanos tienen el derecho de conocer y saber las intenciones de los candidatos -al cargo popular que sea-, la propaganda sirve presisamente para eso, pero por desgracia se ha permitido que baste únicamente la idea de que se pretende el poder para validar desde cualquier ángulo todo tipo de propaganda. En este caso, que es dramático, nos hemos acostumbrado a una disputa por el poder con contenidos vacíos; basta leer la propaganda pegada o puesta en lugares públicos para darnos cuenta de que ahí no aflora una idea congruente en relación a la persona y partido que se postula. Tal parece que nos basta con personalidad de los candidatos para racionalizar nuestro voto.

El caso del candidato del PRI Enrique Peña Nieto es más que ejemplificativo. Muchos electores ven en él su apariencia física como si eso fuese suficiente para garantizar un buen gobierno. Es verdad que los medios de comunicación tienen mucho que ver, construyen o destruyen personalidades, a López Obrador se le tiene, en esos medios, como el "enemigo de México", por ejemplo. Independientemente de ello, el buen ciudadano -me refiero a aquél que se informa de política y tiene una determinada ideología, de la cual no es indispensable ser especialista-, sabe cual es el alcance de la propaganda que rodea a los políticos y de la influencia de los medios. Pero al lado de estos ciudadanos hay otros que desgraciadamente no cuentan con esa información y precupación por el acontecer nacioanal, a estos sí les impacta lo que se diga en la tele o que en el cartel propagandístico haya una buena foto en la que el candidato salga con su mejor lado.

Por supuesto que es válido en un sistema liberal como el nuestro (¿acaso será lo mejor?) que los medios participen alagando o no a un candidato, en eso no tengo inconvenientes, pero el supuesto legitimador de esa actividad tiene que estar directamente relacionada con la inteligencia ciudadana y su saber político, que es aquí donde todo se tuerce. Por desgracia nuestro nivel de "conocimiento" de la política real, es escaso. Somos un pueblo, que en lo general no lee. Y si no lo hace poco puede valorar la libertad y responsabilidad de expresión que se hacen en política.

La libertad de expresión en política tiene que ser congruente, clara, precisa, que no deje lugar a dudas sobre lo que se quiere o pretende. No basta decir que: "se ama al país" frase que es ridícula; que "lucharé por tus derechos"; que "tarbajaré por mejorar la educación", etc. Estas sólo son frases de bajo contenido enunciativo y valorativo. Los propagandistas de la política deberán ser mejores constructores de mensajes que aunque lisos y llanos informen sobre el contenido ideológico y propósitos de los pretensos servidores públicos, así el pueblo votante tendrá mayor información para elegir a quien crea lo merezca.

La propaganda electoral es una vertiente del derecho a la libertad de expresión e información. Al ser tan importante no puede ni debe ser un instrumento de comunicación de ideas abstractas y bastante generalizantes. El votante merece respeto y no está obligado, como lo he sostenido, hacer caso a esa clase de propaganda o acaso ¿creerán que somos idiotas?

miércoles, 15 de febrero de 2012

NOTAS SOBRE EL SISTEMA REPRESENTATIVO

El elector goza del sagrado privilegio de votar por un candidato que eligieron otros.
Ambrose Bierce

1. El sistema representativo mexicano tiene su fundamento constitucional en el artículo 40 de la Carta Magna la cual establece lo siguiente: “Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una república representativa, democrática, federal, compuesta de Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior; pero unidos en una federación según los principios de esta ley fundamental. “ Este sistema representativo se origina de la soberanía nacional; al ser el pueblo el soberano acorde a lo indicado por el artículo 39 constitucional, será él quien detente el poder “lato sensu” pero en la práctica resulta una quimera ya que una asamblea de millones de ciudadanos es de imposible realización. De ahí que el sistema representativo sea de vital importancia ya que a través de el y apoyado en una estructura jurídica coherente podrá ser posible otorgar las asignaciones para la puesta en marcha de las funciones que le corresponden al Estado. En este sentido, el Derecho Electoral es la mecánica jurídica para poder otorgar al ciudadano el poder reconocido por la constitución.

2. Lograr que el sistema representativo sea una realidad constante y sonante no es ni será una de las tareas más sencillas que el sistema jurídico-político mexicano pueda llevar a cabo de manera integral. Desde el pretérito legislativo nacional han existido diversas fórmulas para que la ciudadanía y la nación esté bien representada en los órganos de poder público. Han sido variadas las maneras de integración de los órganos de poder y en todas ellas o al menos en la mayoría nunca ha existido una representación cabal de los intereses y estructuras sociales que se presentan con gran movilidad en la sociedad. Sólo por citar un ejemplo: fue hasta 1953 cuando se optó por conceder el voto a las mujeres y, en 1971 se disminuyó la edad para votar, la cual era de 21 años. Las mujeres y los jóvenes han sido los últimos en incorporarse a un sistema que trata de ser cada vez más abundante en la cooptación de grupos sociales que merecen ser considerados para el ejercicio del voto.

3. Si bien la gran mayoría de individuos con capacidad de ejercicio del voto ya han sido reconocidos por la ley para poder elegir y ser electos aún la tarea es larga para que en realidad la representación sea efectiva. No basta que la ley establezca el mínimo de requisitos para poder participar como elector como para ser electo. Esto no es más que el reconocimiento de las capacidades en el sistema jurídico, y está bien que así sea ya que de otra manera no sería posible lograr la participación ciudadana en los procesos electorales tan necesarios para la viabilidad del sistema democrático.

4. El sistema representativo mexicano ha tenido como trasfondo el logro de la igualdad jurídica para participar en los procesos de elección pero ¿la representación política supone una igualdad entre las partes que lo componen? Supongo que no. Por un lado están los electores y por el otro quienes deberán ser electos. Los primeros dentro del sistema representativo se ven como una unidad, como un todo que posee derechos y es posible que los hagan valer en su debida oportunidad, específicamente cuando la elección es posible. Pero dentro de esa masa de ciudadanos hay diferencias notables que en lo individual marcan la diferencia entre unos y otros, haciendo que esas diferencias establezcan grupos de personas con cualidades y calidades diversas. Por ejemplo, un empresario bien o medianamente educado persigue diversos intereses que van acorde a su estatus y, es diferente a un trabajador del campo o a un burócrata, sólo por citar este caso. El primero observará el campo político que más le favorezca acorde a sus intereses económicos puesto que la empresa es su forma de vida. Los segundos, coincidirán más con una política de justicia social distributiva, puesto que su entorno e intereses así lo determinan, también le interesa lo económico pero su visión es diversa al empresario. En este ejemplo se pueden formar dos visiones diferentes de ver el entorno político; ambos actúan en lo político en virtud de la representación, su capacidad legal es similar pero su visión del entorno es diversa y contradictoria entre ambas. Por su parte quienes luchan por ser favorecidos por el voto, necesitan para poder serlo el amparo de un partido político que tiene necesariamente una determinada ideología. Busca el voto para sí y poder inclinar la balanza electoral a su favor y poder establecer las políticas que establezca su instituto político. Así en el entorno hay partidos denominados de derecha, de centro y de izquierda. Los partidos políticos tal como reza la constitución política son “entidades de interés público” pero diferentes en su estructura y programas, cuyo objetivo es la lucha por el poder mientras que en la ciudadanía es la satisfacción o garantía de vivir en un régimen que satisfaga sus anhelos de vida.

5. En este sentido la representación política se convierte en una lucha de intereses; tanto individuales como colectivos. Existe igualdad en cuanto a la capacidad de unos para ejercer el voto con las limitaciones de ley, y de otros para ser elegidos con base en las mismas leyes. Pero en el centro de la lucha de intereses la igualdad se desvanece ante las obvias diferencias entre los actores sociales que citamos. El empoderamiento de la cultura hace diferentes a los votantes, por ejemplo, el empoderamiento de los medios de comunicación, de los medios económicos y la propaganda, hacen diferentes a los partidos y sus candidatos. Aquí no hay igualdad aún cuando la ley se obstine a sostener un punto de vista que es claramente contrario a la realidad imperante.

6. ¿En verdad el sistema que conocemos y denominamos como representativo, lo es? ¿Qué es la representación como figura jurídica? La representación es una figura jurídica por medio de la cual el representante actúa en nombre del representado, existiendo un acuerdo de voluntades a efecto de que el representante realice los actos o negocios que le ordene el representado. Este tiene la facultad jurídica de exigir al representante que realice todos los actos mandatados bajo pena de responsabilizarlo por lo mal hecho o por lo dejado de hacer, es decir, que entre ellos hay un cordón umbilical que los une: la responsabilidad. Obvio que esta es una definición de representación desde el punto de vista del derecho civil, pero hay que recordar que muchas instituciones jurídicas de este derecho a lo largo del tiempo se han ido trasladando al campo del derecho público y social. Y ya en este derecho, el público, la representación no ha aportado elementos suficientes para desvincular sus elementos fundamentales y a los que he hecho referencia. Visto así el concepto, la representación política no es más que una quimera dentro del derecho mexicano por las siguientes razones:

7. Primera: no existe en la constitución política mexicana la prohibición del mandato imperativo, que es aquella norma que puede compeler al representante para que actúe necesariamente a favor de sus representados, el representante en este sentido realiza los actos que su partido o facción le ordena sin hacer averiguaciones respecto al sentir de sus representados, los que por otra parte, no tienen mecanismos jurídicos para obligar al representante a actuar o tomar una decisión específica. Entre ellos, al carecerse de dicha normatividad los desvincula por completo. El ciudadano vota y desaparece del marco de actuación del elegido. Por ello es importante que se construya un marco legal que los vincule de alguna forma, esa vinculación puede darse en la rendición de cuentas como ejercicio periódico y en la revocación del mandato como sanción al incumplimiento de obligaciones. Aclaro que en ningún sistema político del mundo occidental existe una plena representación en la cual el votante mantenga el control de las decisiones del representante, pero sí existe el control por medio de la rendición de cuentas, sobre todo en los sistemas en que se permite la reelección.

8. Segunda. En el sistema electoral mexicano con un solo voto de diferencia se puede ganar una elección y, de hecho en los últimos años hemos sido testigos de elecciones muy parejas donde las diferencias porcentuales son mínimas. ¿Qué sucede con los electores que no votaron por el candidato ganador y, como considerar a aquellos que anularon su boleta o a los que no se presentaron a votar en la casilla? ¿Quién los representa? Si el voto es el método para legitimar la representación en consecuencia los antes citados al parecer carecen de representación. Esta tesis pudiera ser falsa en sentido jurídico ya que las leyes electorales legitiman al vencedor con los votos emitidos en la elección, pero en sentido político se carecerá de la legitimación suficiente para abrogarse el epíteto de representante, además de ser una condición presuntuosa. Cito por ejemplo el caso de la última elección presidencial, en la cual la diferencia fue tan poca que el candidato perdedor se autodenominó como “legitimo” arguyendo fraude y sus seguidores lo ungieron como tal; otro caso se presenta en las elecciones donde el número de votos es tan escaso que resulta risible decir que el candidato ganador es representante de todos los potenciales electores establecidos en el padrón electoral. Es indispensable en este caso, modificar la legislación electoral permitiendo la segunda vuelta en caso de no obtenerse un porcentaje mayor al 50% de los votos, con ello se corregiría en parte la problemática descrita, entre otras reformas posibles.

9. Tercera. En nuestro sistema jurídico-político existe claramente un monopolio de los partidos políticos en la obtención del poder público. Los electores sólo elegimos a quienes los partidos han decidido presentar como candidatos y ello ha colaborado al hartazgo ciudadano ante la falta de oportunidades para el acceso al poder público. Los partidos, por desgracia, se han convertido en feudos de poder que no permiten la rotación de sus liderazgos, han cooptado para sí las vías de comunicación para con los ciudadanos. Por ello vemos elección tras elección que la cultura del “saltimbanqui” es la regla general ante el asombro de todos y el desprecio de la mayoría. Un sistema político representativo por supuesto que no debe permitir tal situación, daña la incipiente democracia y retrasa la movilidad natural de liderazgos que debe haber en todo organismo político. Es imperativo que exista la posibilidad de las candidaturas ciudadanas; la sociedad es capaz de presentar por sí misma una o varias candidaturas que puedan y tengan la capacidad real de obtener el poder, además sería un acicate para los partidos en presentar candidatos idóneos y con presencia popular y no, como hasta ahora, en la mayoría de los casos, a personas impresentables tanto en su versión como políticos y como entes morales.

10. Mucho hay que decir del sistema representativo, en lo particular sostengo que este sistema con las características y defectos que someramente expongo en este trabajo, no merece el epíteto de “representativo”, puesto que su función de representación es escasa y en algunos caso nula. La democracia o mejor dicho es esbozo democrático con el que contamos debe hacer esfuerzos por mejorar y tratar de que los representantes populares en sus diferentes versiones –facultades y atribuciones- se conviertan en verdaderos agentes del interés ciudadano, sólo así la república podrá estar en condiciones de contribuir al desarrollo de lo que hoy damos por sentado como democracia.

miércoles, 7 de diciembre de 2011

LOS POLÍTICOS Y LA CULTURA

¿Quiénes profesan la política como un medio de vida merecen denominarse –como lo hacen- “profesionales” de la política? A raíz del terrible deslate de Peña Nieto que no supo contestar adecuadamente el cuestionamiento sobre los tres libros que han marcado su vida, resulta congruente el preguntar si el ejercicio de la política bien merece denominarse como profesión para quienes viven de ella.

El ejercicio de una determinada profesión conlleva la idea de especialización en alguna rama de la ciencia, el arte o la técnica. Así el médico es un especialista en la cura de enfermedades, el músico en el dominio y creación de melodías, el electricista en el manejo de los sistemas eléctricos, y así por el estilo con todas las demás profesiones.
Aclaro que el término “profesión” no supone necesariamente una preparación universitaria y la obtención de un título que la avale, sino que también son profesionistas quienes han logrado una especialización en los diversos quehaceres de la vida; otro ejemplo es el de los comerciantes a quienes la ley de la materia les impone la categoría de profesionistas por el sólo hecho de ejercer cotidianamente esa importante actividad.

De esta manera los políticos –que hacen de su ocupación ordinaria la política-, tienen que ser considerados como profesionales de la misma independientemente de que puedan ostentar alguna profesión universitaria u otra actividad como las ya indicadas. Si revisamos la conformación de la Cámara de Diputados –federal o de cualquier estado-, encontraremos profesionales de la política que previo al ejercicio de la misma son especialistas –buenos o malos- en alguna otra profesión. Pero que al ejercer o dedicarse a la política son valorados por la sociedad en cuanto a que sus resultados o efectividad en beneficio del cuerpo social.
Quien ejerza una profesión determinada está obligado a conocerla y a considerarla como parte de la cultura universal, a adquirir el bagaje cultural suficiente para ser mejor en lo que hace; el político, en este caso, debe nutrirse del conocimiento de la ciencia política, el Derecho, la Economía y demás disciplinas que conllevan a la toma de decisiones, quizá no doctamente pero sí al menos tener un manejo mucho más que superficial, con el fin de tener y presentar hipótesis de solución a los variados problemas que le presentará la política, como es el caso cuando se accede a un cargo público, y para poder hacer esto tiene que estar constantemente informado allegándose los materiales suficientes, así como entender las transformaciones de todo género que suceden a su alrededor. El político si bien no es un científico tiene la obligación de partir de la misma base que éste. El no hacerlo así sólo se tendrá una visión empirista de las cosas y, por lo tanto subjetiva.

Considero que a los pueblos del mundo no les conviene la llegada al poder de un simple empirista de vida y de la política. Les interesa confiar en alguien con visión de futuro y de conjunto que sepa el como y el cuando con oportunidad. Les importa un líder, pero no un líder solamente carismático, sino propositivo e inteligente.

Se podrá decir que si revisamos la historia mexicana o la mundial, cualquiera que sea el caso, encontraremos un sinfín de gobernantes empiristas y, algunos ni siquiera eso (los hereditarios) y que, algunos de ellos hicieron buen gobierno. Estoy de acuerdo, pero hoy vivimos tiempos muy especiales –complicados como los han sido todos en las diferentes épocas de la humanidad-, en los cuales sí se requiere que el liderazgo político, en especial el del jefe político sea garantía de conocimiento cabal de las cosas.

Pero ¿Por qué en México casi no hemos tenido a este tipo de profesionales de la política? Porque no hemos llegado al punto de democratizar la cultura popular. Porque seguimos creyendo que lo cultural-científico sólo es asequible a unos cuantos. Porque se nos ha educado a ver la vida y sus productos culturales como un pastel dividido donde sólo nos corresponde un pedazo y no tenemos porqué tener acceso a los demás. Porque hemos burocratizado la enseñanza y continuamos siendo escolásticos. Porque seguimos con la idea de que el acceso al poder nada tiene que ver con lo científico-cultural.

De seguir así en la política mexicana seguirán existiendo miles de Peña Nieto. No es una cuestión de listos o tontos, es de democracia.

viernes, 25 de noviembre de 2011

Entrevista Fallida

La entrevista de ayer (23-nov-011) al aspirante y seguro candidato del PRI a la presidencia de la república Enrique Peña Nieto, despejó algunas dudas inherentes a su personalidad y su posible proyecto de gobierno.

Fue en Foro Tv y los principales entrevistadores fueron muy condecendientes en sus preguntas y cuestionamientos. La justificación de la entrevista fue la presentación de un libro (con una portada digna de un libro de poemas), del citado aspirante, en el cual establece tanto un proyecto específico para este país como sus posturas para resolver los problemas que nos atañen.

Paradojicamente en la primera pregunta hecha por Leo Zukermann el aspirante no supo responder; se trató de una pregunta básica para todo político que aspira a una candidatura presidencial. Leo, palabras más, palabras menos, lo inquirió sobre el modelo a seguir para poder abordar los problemas nacionales. No supo que contestar o no quizo comprometerse con ninguno, señaló que México es una realidad específica (gran descubrimiento) y que en base a ello hay que presentar propuestas para tratar de abatir los problemas. O sea, que somos según su visión un caso único en el concierto de los paises occidentales.

Esta tesis de modelo único diverso a los demás simplemente no existe. O estás con la implementación de un modelo liberal en su sentido más puro o marcharás por una social democracia, que son según creo, las únicas dos vías posibles para un Estado-Nación como el nuestro. ¿Porqué no comprometerse con una postura, cualquiera que esta sea? ¿Cual es el miedo a la definición ideológica? ¿Acaso no los gobernantes de América Latina, por ejemplo, han puesto ante sus pueblos sus respectivos modelos a seguir independientemente de sus éxitos o fracasos? La indefinición ideológica deja sin contenido a las posturas derivadas de la implementación de sus políticas públicas. Denota un temor ¿Ante quien? ¿Ante el adversario político? ¿Ante la posible crítica de quienes deseamos definiciones del modelo a seguir?

Los entrevistadores -el ya citado Leo, Jorge Castañeda, Héctor Aguilar Camín y Julio Tellez, preguntaron a modo y le pusieron de "pechito" las posibles respuestas, lo extraño es que como "académicos" que dicen ser y como miembros del "circulo rojo" no hayan insistido en las definiciones ideológicas del pretenso aspirante a presidente.

Me deja mal sabor de boca este evento, no cambia mi opinión respecto a Peña Nieto y tampoco de la actitud de quienes lo entrevistaron. Se repite una vez más el sempiterno carácter nacional de que ante quien tiene el poder o lo puede tener en demasía, lo mejor y conveniente es bajar la cerviz.

martes, 15 de noviembre de 2011

Estado fallido y ciudadanía

En varias ocasiones he manifestado que México es un Estado fallido. Entendiendo por Estado fallido aquél que no puede o no quiere cumplir con las obligaciones y tareas básicas que justifican su existencia, tal y como es la seguridad pública.

Lo anterior no significa que el Estado como organización política no exista o que su viavilidad sea completamente nuela. Lo que se pretende significar es la escasisíma efectividad de las instituciones políticas a la hora de ejecutar sus cargas de trabajo. El Estado existe, sí, pero no funciona como debiera de hacerlo tal y como lo establece la constitución.

El parámetro para medir la eficacia estatal no puede estar sujeta a deliberaciones subjetivas, sino que tiene que observarse el cumplimiento cabal de las funciones y atribuciones que el marco legal le asigna y éste está constituido por la constitución, la cual es el pacto social manifestado el leyes al cual todos debemos respetar. En este sentido, en dicho marco se establecen las prescripciones legales para que, en materia de seguridad, se cumpla lo establecido, y sin embargo en este tema como lo puede ser también en otros la efectividad no es la que los ciudadanos esperan para poder vivir en paz.

Es verdad que las instituciones de seguridad existen tanto en su aspecto formal como material; todos los días sentimos su presencia, la clase política discute su pertenencia, se reforman o crean leyes para su mejor funcionamiento pero los resultados son nimios. El gasto presupuestal es harto y en los medios de comunicación se nos atiborra de promesas que a la larga o a la corta resultan sólo expectativas de buen funcionamiento. Ante la espantosa realidad las instituciones encargadas de la seguridad resultan ineficases ante el drama que representa el crimen que agobia cada vez más la conciencia ciudadana. Para salir de este atrolladero el Estado debe reconocer que ha fallado. Que sus estrategias no han sido las mejores.

De nada sirve el discurso ditirámbico cuando los resultados nos dicen otra cosa. Nadie puede elogiar la locura aún cuando el elogio sea para confundirnos, pero ya casi nadie cae en ese garlito, la verdad no puede ocultarse sólo con los discursos. El Estado ha fallado, el miedo se apodera de muchos pero siempre hay una salida, siempre se tiene la oportunidad de cambiar el estado de cosas. Si la organización política falla en detrimento de los gobernados, son precisamente estos quienes tienen el poder de hacer cumplir la ley. El rescate del poder público no es una quimera, la historia así lo ha probado muchas veces. Lo primero que se tiene que hacer es el rescate de la conciencia ciudadana; con ciudadanos de alta intensidad todo cambio es posible, en el caso mexicano difícil, pero probable. Espero que esto suceda más pronto de lo posible. Al tiempo.
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